ANUNCIO DE APERTURA DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES POR PARTE DE LAS ENTIDADES DE INICIATIVA SOCIAL EN EL SECTOR DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA PARA LA CONCERTACIÓN DE SERVICIOS ADICIONALES O DE NUEVA CREACIÓN.
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CPV codes
85321000 Health & social work servicesDescription
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social (DOGV núm. 8197 de 23.12.2017) y que, en sus artículos, desde el 37 al 39, prevé la concertación de servicios adicionales o de nueva creación. Por su parte, el artículo 35.3 apartado b de la citada Resolución de 21 de junio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, establece que durante el plazo de vigencia de 4 años de la convocatoria y si las necesidades del servicio lo justifican, la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, en adelante Dirección General de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, podrá como órgano facultado para resolver el procedimiento de concertación, abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de un mes desde el día siguiente a su publicación, para concertar tanto los servicios que hubieran quedado desiertos en la última resolución de convocatoria pública abierta de carácter plurianual como aquellos otros centros de nueva creación que se precisen para atender necesidades sobrevenidas. La necesidad de nuevas concertaciones queda acreditada por los correspondientes informes de las direcciones generales competentes de los distintos sectores de la acción concertada. En este sentido cabe señalar que la situación descrita en el informe elaborado por la Dirección General de Familia, Infancia y Adolescencia, y Reto Demográfico, de fecha 01 de abril de 2026, determina necesario el aumento de plazas en diferentes modalidades de centros de acogimiento residencial para menores de edad que se encuentran bajo la guarda o tutela de la Generalitat. A partir de la información ofrecida en dicho informe, teniendo en cuenta la actual dotación presupuestaria y la consiguiente priorización en la disponibilidad de recursos públicos, se observa perentorio resolver, en primer lugar, la situación irregular que se viene produciendo en la sobreocupación de las plazas autorizadas en centros de recepción, para lo cual es necesario aumentar, de forma urgente, la disponibilidad de plazas de atención general y poder mejorar, de este modo, las derivaciones. La previsión de ampliación de plazas quedaría, de forma proporcional en cada provincia y aproximadamente, del siguiente modo: - Alicante: 37,5 % - Valencia: 37,5 % - Castellón: 25 % Por otro lado, desde esta Dirección General de Gestión Sociosanitaria e IVAFIQ, se observa, como necesidad sobrevenida y tras la resolución de prórroga de 15 de junio de 2026, la concertación de plazas de Centro de Día en la modalidad de inserción sociolaboral en el barrio de la Coma de la población de Paterna. Teniendo en cuenta la actual dotación y límites presupuestarios, se realiza una estimación de capacidad de concertación de 111 plazas en dichas modalidades, atención general y centro de día de inserción sociolaboral. Todo ello siempre condicionado a la aprobación y existencia de crédito adecuado y suficiente en la correspondiente Ley de Presupuestos. Mediante el presente anuncio se abre el plazo de presentación de solicitudes por parte de las entidades del sector en el procedimiento de concertación de servicios adicionales o de nueva creación A la vista de todas las solicitudes presentadas en los sectores comprendidos en la resolución de convocatoria referenciada arriba, siempre que existan necesidades a cubrir por la administración que lo justifiquen, se propondrá la concertación de aquellos centros y plazas en centros que: a) reúnan los requisitos exigidos para optar al régimen de acción concertada. b) superen los criterios de selección fijados en la presente convocatoria. c) se encuentren inscritos en la correspondiente sección del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales. La propuesta de la Comisión de Evaluación estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Asimismo, se hace constar la obligación de la entidad que resulte adjudicataria de poner a disposición de la Conselleria el número de plazas adjudicadas y admitir a las personas usuarias que, en base a criterios técnicos, designen los órganos competentes de la Conselleria, desde el día en el que sea efectiva la vigencia del concierto, tal y como se establece en el artículo 11 Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell. Los acuerdos de acción concertada que se suscriban al amparo de lo anterior se someterán a las condiciones correspondientes a la convocatoria pública en vigor, viniendo fijada su duración según el plazo máximo que haya establecido con carácter general dicha convocatoria en su régimen de prórrogas. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio. Mas información en el DOGV de 07/10/2026