ANUNCIO DE LA APERTURA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICI-TUDES POR PARTE DE LAS ENTIDADES DE INICIATIVA SOCIAL EN EL SECTOR DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES PARA LA CONCERTACIÓN DE SERVI-CIOS ADICIONALES O DE NUEVA CREACIÓN.
Value
Estimated—
Awarded—
CPV codes
85321000 Health & social work servicesDescription
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social (DOGV núm. 8197 de 23.12.2017) y que, en sus artículos, desde el 37 al 39, prevé la concertación de servicios adicionales o de nueva creación. Por su parte, el artículo 35.3 apartado b) de la citada Resolución de 21 de junio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, establece que durante el plazo de vigencia de 4 años de la convocatoria y si las necesidades del servicio lo justifican, la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, en adelante Dirección General de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, podrá como órgano facultado para resolver el procedimiento de concertación, abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de un mes desde el día siguiente a su publicación, para concertar tanto los servicios que hubieran quedado desiertos en la última resolución de convocatoria pública abierta de carácter plurianual como aquellos otros centros de nueva creación que se precisen para atender necesidades sobrevenidas. La necesidad de nuevas concertaciones queda acreditada por el correspondiente informe de la dirección general competente de los distintos sectores de la acción concertada. En el informe elaborado por la Dirección General de Personas Mayores, de fecha 20 de agosto de 2026 se señala, por encontrarnos con recursos ampliamente demandados, una significativa necesidad de disponer de plazas, tanto en la modalidad residencial como diurna. Teniendo en cuenta esta circunstancia y la disponibilidad presupuestaria, se prevé la siguiente capacidad de concertación: Modalidad residencial: 130 plazas Modalidad diurna: 222 plazas Mediante el presente anuncio se abre el plazo de presentación de solicitudes por parte de las entidades del sector en el procedimiento de concertación de servicios adicionales o de nueva creación. A la vista de todas las solicitudes presentadas en los sectores comprendidos en la resolución de convocatoria referenciada arriba, siempre que existan necesidades a cubrir por la administración que lo justifiquen se propondrá la concertación de centros y plazas en centros que: a) reúnan los requisitos exigidos para optar al régimen de acción concertada. b) superen los criterios de selección fijados en la presente convocatoria. c) se encuentren inscritas en la correspondiente sección del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales. La propuesta de la Comisión de Evaluación estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Asimismo, se hace constar la obligación de la entidad que resulte adjudicataria de poner a disposición de la Conselleria el número de plazas adjudicadas y admitir a las personas usuarias que, en base a criterios técnicos, designen los órganos competentes de la Conselleria, desde el día en el que sea efectiva la vigencia del concierto, tal y como se establece en el artículo 11 Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell. Los acuerdos de acción concertada que se suscriban al amparo de lo anterior se someterán a las condiciones correspondientes a la convocatoria pública en vigor, viniendo fijada su duración, según el plazo máximo de duración que haya establecido con carácter general dicha convocatoria e idéntico régimen de prórrogas. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio. Más información en el DOGV de 07/10/2026