RESOLUCIÓN del Director General de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, de modificación de la cuantía del módulo económico aplicable para el año 2026, 2027 y 1er. semestre 2028, en los centros del sector de atención a la infancia y adolescencia con acuerdo de acción concertada en materia de servicios sociales
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85321000 Health & social work servicesDescription
I. La Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, establece la acción concertada en su artículo 34 como una de las formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Asimismo, el artículo 87 establece que “Los acuerdos de acción concertada son instrumentos organizativos de naturaleza no contractual a través de los cuales las administraciones competentes podrán organizar la prestación de servicios sociales por entidades de iniciativa social cuya financiación, acceso y control sean de su competencia ajustándose al procedimiento y a los requisitos que prevé esta ley y la normativa sectorial que sea aplicable”. II. El Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social, establece en su artículo 31.5 que “El concierto se podrá modificar de oficio o a instancia del titular del servicio, siempre que concurran motivos de interés público, siendo preceptiva, en caso de modificación de oficio, la audiencia de la parte interesada” y en el artículo 33 que “1. La Conselleria competente podrá revisar las condiciones técnicas y los módulos económicos como consecuencia de cambios normativos.” III. En aplicación del Decreto 186/2025, de 5 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las Consellerias de la Generalitat (DOGV núm. 10255 bis, de 05.12.2025); el Decreto 21/2026, de 13 de febrero, del Consell, de aprobación del Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia, (DOGV núm. 10305, de 18.02.2026) desarrollado por la Orden 1/2026, de 11 de mayo, de la Conselleria de Servicios sociales, Familia e Infancia (DOGV núm. 10360, de 12.05.2026) y según lo dispuesto por Resolución de 27 de mayo de 2026, de la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia sobre delegación del ejercicio de competencias en determinados órganos de la Conselleria (DOGV núm.10373, de 29.05.2026), corresponde a la persona que ocupe el puesto de la Dirección General de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, la competencia para firmar la resolución sobre la modificación de la cuantía de los módulos económicos del acuerdo de acción concertada en materia de servicios sociales para los centros de atención a la infancia y adolescencia para el año 2026, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias existentes. Por todo ello; RESUELVO Primero. Aprobar para el año 2026 la nueva cuantía de los módulos económicos por plaza/día del anexo I, aplicable a los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales para centros del sector de atención a la infancia y la adolescencia. En el anexo II de esta resolución, consta la financiación actualizada para los años 2026, 2027 y 1er. Semestre del 2028 de forma detallada por cada expediente suponiendo un incremento total de la financiación de 266.605.047,50 €: - Anualidad 2026 (01.01.2026 a 31.12.2026): 107.012.530,36 € - Anualidad 2027 (01.01.2027 a 31.12.2027): 106.436.412,04 € - Anualidad 2028 (01.01.2028 a 30.06.2028): 53.156.105.10 € Segundo. La modificación de la cuantía del módulo económico en los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales, para el sector de infancia y adolescencia para el año 2026, se efectúa con cargo al crédito del anexo de transferencias corrientes adscrito al subprograma 313I00 “Gestión y Organización del Sistema” de la Sección Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia, en la línea S1185 “Acción concertada: Gestión de políticas de Infancia y Adolescencia”, contemplado en la Ley 4/2026, de 22 de julio, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2026, quedando condicionado el gasto del importe del ejercicio 2027 y 2028, a la aprobación y existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley de presupuestos de la Generalitat vigente en cada ejercicio presupuestario. Tercero. El nuevo módulo para el año 2026, tal y como consta en el anexo, será de aplicación desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, para todos los centros cuyo acuerdo de acción concertada han sido objeto de prórroga y desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026 para los centros cuyos acuerdos no han sido prorrogados. Cuarto. La formalización del acuerdo de modificación de la cuantía económica del concierto para el año 2026, por el incremento de los módulos económicos, se realizará mediante una adenda al acuerdo de concierto social vigente y el importe de esta modificación se abonará en el presente ejercicio. Mas información en el DOGV de 29 de octubre de 2026
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